
Sector Inmobiliario | 9 ene 2025
Sin ley de alquileres
Por esta norma, los inquilinos no podrán ser desalojados de las viviendas
Tras la actualización del texto oficial se extendió el plazo de suspensión de desalojos. ¿Qué dice la normativa?
Tras la derogación de la Ley de Alquileres en diciembre de 2023, los locadores y locatarios aún arrastran dudas y preguntas sobre la normativa que regula ahora los contratos de locación. Entre las cuestiones más consultadas se encuentran los motivos y procedimientos de desalojo.
A pesar de las causas de desalojo que actualmente rige el Código Civil y Comercia de la Nación, según la ley 27.453 que sancionó el Congreso Nacional en 2022 y que fue prorrogada por 10 años, los inquilinos que vivan en uno de los barrios que estén incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) no podrán ser desalojados.
¿Qué es un Barrio Popular?
La ley incluye la definición establecida en el decreto 2.670/2015, que caracteriza a estos barrios por su informalidad en la tenencia de la tierra y sus carencias en infraestructura y servicios básicos.
Estos lugares se encuentran en proceso de integración urbana, en en los que se realizan un conjunto de acciones orientadas a la mejora y ampliación del equipamiento social y de la infraestructura.
Así también, se buscará generar acceso a los servicios, realizar un tratamiento a los espacios públicos, eliminar barreras urbanas, mejorar la conectividad y seguridad.

¿Por qué no podrían desalojar a los inquilinos?
Según detalla el artículo 2 de la ley, "con el objeto de proceder a su integración urbana, declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, la totalidad de los bienes inmuebles en los que se asientan los Barrios Populares relevados en el RENABAP"
En una primera instancia, el artículo 15 señala que se suspenden las acciones que conduzcan al desalojo de los inmuebles incluidos en el RENABAP.
Posteriormente, se agrega en el artículo 18 que solo se considerará abandonada la expropiación si transcurrieran diez años desde la publicación de la ley, sin que el expropiante promueva el respectivo juicio de expropiación.



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