martes 16 de abril de 2024 - Edición Nº1766

Sector Inmobiliario | 30 mar 2020

Qué piensan las inmobiliarias

Salió el congelamiento de alquileres

Será por 180 días, hasta septiembre, pero operadores temen que se extienda por más tiempo en medio de la pandemia


Tras el anuncio del presidente Alberto Fernández sobre un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para congelar por seis meses los precios de los alquileres y los valores de las cuotas hipotecarias, así como suspender los desalojos y ejecuciones hipotecarias los principales, actores del sector inmobiliario se refirieron a esta medida en diálogo con Ámbito. Riesgosa, oportuna, paliativa son algunas de las definiciones que utilizaron los representantes de ese mercado en referencia a tal disposición. La misma será por 180 días, en el marco de la pandemia del coronavirus. 


José Azpiroz Costa, asesor inmobiliario, mencionó que "se trata de una decisión riesgosa; ni buena, ni mala. Es por seis meses, pero personalmente creo que van a ser prorrogables. Si uno tuviera la tranquilidad de que van a ser seis meses y punto, es una medida paliativa. Si esto es el principio, y van a ser seis meses, más seis, más seis, ahí no", aseguró. En ese marco, estimó que debido a las medidas de aislamiento hoy por hoy, el inquilino necesita alquilar y no tiene laburo. 
En tanto, "con el congelamiento al propietario le estás poniendo un miedo que no va a volver a alquilar, porque está asumiendo un riesgo". Azpiroz Costa mencionó en relación al déficit habitacional que Argentina necesita 4 millones de viviendas, pero como consecuencia de la situación actual este número va a aumentar porque nadie va a construir. "Al cerrar toda la actividad económica, poco a poco hay un efecto dominó, como un espiral que se cierra hacia adentro", afirmó. En la misma línea, detalló que el mercado inmobiliario "es el que más mano de obra ocupa, ya que de cada metro cuadrado de un departamento, el 50% es mano de obra y el resto es material. Ese 50% de mano de obra hoy no tiene laburo". 


Por último, el asesor se mostró de acuerdo con el aislamiento obligatorio decidido por el Ejecutivo, aunque esto genere efectos negativos en el rubro que representa: "Todo lo que no es servicio ha caído fuera del sistema. Esto ha sido una decisión médica que ha tomado Alberto Fernández y me parece muy bien, la apoyo totalmente; pero va a tener consecuencias. Y, socialmente, la vamos a pagar todos", concluyó. 


Por su parte, Héctor D´Odorico, titular de D´Odorico Negocios Inmobiliarios, aseguró que la decisión respecto de los alquileres es oportuna. Sin embargo, aclaró que tanto locatario como locador tienen que ponerse de acuerdo y seguramente en toda contratación privada van a llegar a un mejor arreglo que con cualquier disposición legal. 


Según él, estas soluciones van a ser transitorias. El congelamiento, advirtió, es beneficioso porque le va a dar un poco de aliento a los inquilinos, que "en este momento están bajo una presión terrible, con un salario y alquileres que se les están escapando de la realidad". Finalmente, admitió que las consecuencias de las medidas tomadas en el marco de la pandemia pueden generar dificultades: "Esto le va a traer al Estado una situación que verdaderamente no quisiéramos pasar, pero pensemos que, después de la Segunda Guerra Mundial, es el hecho más importante que le ocurrió a la humanidad".


EL DECRETO

Según el texto, hasta el 30 de septiembre de este año rigen las siguientes medidas:


• Se suspenden los desalojos por falta de pago.


• Se prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria.


• Se congelan los precios de los alquileres al valor de marzo.


• La deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre.


• Las deudas que se produzcan por falta de pago, se pagarán a partir de octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades.


• Se exceptuará a aquel locador que acredite que depende del alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente.


• Se establece mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia, por controversias entre las partes.


La iniciativa oficial alcanza a: inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares; inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias; inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión; inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).


Fuente: Ambito Financiero

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